Archivan investigación contra mindefensa por presencia de FARC en Conejo, La Guajira
Y a miembros de la cúpula militar.
La Procuraduría General de la Nación ordenó este viernes el archivo de la investigación disciplinaria que se adelantaba en contra del ministro de Defensa, el comandante general de las Fuerzas Militares, el Comandante General del Ejército Nacional, el comandante de la Primera División del Ejército Nacional, y el Comandante de la Décima Brigada Blindada del Ejército Nacional, quienes eran investigados por este órgano de control, por presuntamente no haber tomado medidas tendientes a garantizar la protección de la población civil y el ejercicio de sus derechos y libertades cuando estuvo la guerrilla de las FARC en el corregimiento Conejo, municipio de Fonseca, La Guajira, el 16 de febrero de 2016.
Ese episodio que fue ampliamente registrado por los medios de comunicación.
Luego de evaluar las pruebas documentales y las allegadas por la defensa encontró la Procuraduría:
1. Para el caso del ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, no existió falta disciplinaria en razón a que conocidos los hechos “(…) se decidió por el Gobierno Nacional cancelar la operación autorizada a las FARC; por los medios de comunicación se informó de la decisión adoptada; así mismo se conminó a las FARC a salir del corregimiento Conejo y regresar a La Habana-Cuba por lo cual se pidió a los países garantes tomar las medidas pertinentes”, luego sí tomó decisiones al respecto.
El Ministerio Público también tuvo en cuenta los argumentos de la defensa en cuanto a que “(…) tan pronto el ministro de Defensa Nacional tomó información de la irregular situación que se presentada en el corregimiento de Conejo, Guajira, se puso en contacto con el Presidente de la República y el equipo negociador del Gobierno, tomándose las medidas que fueron públicamente comunicadas por el doctor Humberto De La Calle, quien informó además que: «por instrucciones del Presidente de la República, las visitas de los delegados de las FARC a sus campamentos para la pedagogía de los acuerdos queda suspendida (…)»”.
2. Con relación a la presunta conducta omisiva del comandante general de las Fuerzas Militares, Juan Pablo Rodríguez Barragán, señaló el órgano de control que en razón al principio de subordinación del general Rodríguez, inmediatamente se despliegan las actuaciones de las Fuerzas Militares, tendientes a mitigar los efectos de la irregularidad, se desvirtúa la existencia de una falta disciplinaria.
3. Frente al cargo formulado al comandante del Ejército Nacional, general Alberto Mejía Forero, quedó probado que tan pronto tuvo conocimiento de la situación que se estaba presentando en el corregimiento de Conejo (La Guajira) “(…) tomó contacto telefónico con el Comandante General de las Fuerzas Militares, quien dispuso el alistamiento de tropas para ingresar al mencionado poblado en el momento que recibieran instrucciones generales”, por lo que no existió falta disciplinaria por parte del investigado.
4. Con respecto al general Pablo Alfonso Bonilla Vásquez, comandante Décima Brigada Blindada del Ejército Nacional, el disciplinado demostró que “(…) al momento de tener conocimiento del comportamiento irregular cometido por los miembros de la guerrilla de las FARC, se comunicó telefónicamente con el general Navarrete Jadeth, quien es el comandante de la Primera División de la que depende la Brigada que comanda, y este le contestó que debía dar cumplimiento a lo ordenado en el radiograma, esto es, mantener la suspensión de operaciones militares”, lo cual desvirtúa la comisión de la falta porque dio aviso a quien jerárquicamente debía instruirlo sobre la actuación a desplegar, o las contingencias a adelantar.
5. Finalmente, en lo que respecta a la presunta falta disciplinaria por parte del Brigadier General, Jorge Enrique Navarrete Jadeth, se infiere que cuando se enteró de lo acontecido, ya se habían activado por parte del Alto Gobierno los mecanismos de contingencia tendientes a hacer cesar la irregularidad que se estaba presentando (…)”, por lo que no hubo lugar a la comisión de una falta disciplinaria.